Ayudas al Alquiler de locales de negocio o establecimientos para autónomos

Ayudas al Alquiler de locales de negocio o establecimientos para autónomos

#Consumo 16/10/2020

Al igual que la convocatoria para optar a las ayudas de alquiler de vivienda ante la crisis del COVID-19, la Junta de Andalucía abre una nueva convocatoria de líneas ayudas en este caso destinadas a autónomos para el alquiler, cuyo plazo de solicitud también se mantendrá abierto hasta el viernes 30 de octubre

Dichas ayudas oscilarán entre 900 y 1.200 euros. Éstas últimas están dirigidas específicamente al sector del ocio nocturno e infantil.

- Las solicitudes se podrán presentar sólo y exclusivamente por vía telemática a través de la web de la Junta de Andalucía.

Entre los requisitos, podrán ser beneficiarios aquellos trabajadores autónomos con domicilio social en Andalucía, que estén dados de alta en el Régimen Especial de Seguridad Social del colectivo a fecha de 14 de marzo, cuando se declaró el estado de alarma, y que mantengan el alta cuatro meses desde la fecha de inicio de la convocatoria de ayudas.

También se establece como requisito que en el ejercicio fiscal de 2019 las bases liquidables general y de ahorro en el IPRF no superen 5,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 2020 (41.357,74 euros) si presentan declaración individual, o 7 veces el IPREM (52.637,13) si es una declaración conjunta.

 

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Para solicitar la ayuda, los autónomos deben ser arrendatarios del local de negocio o establecimiento en el que desarrollan su actividad, y se exige que la fianza se haya depositado en la Agencia de Vivienda de Rehabilitación de Andalucía (AVRA), mientras que se excluyen arrendamientos de lo que sea vivienda habitual.

En el caso del ocio nocturno, se añade que debe estar incluida en los CNAE correspondientes a «establecimientos de bebidas» u «otras actividades recreativas y de entretenimiento».

Infórmate en la Concejalía de Consumo y Comercio.

 

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