Nuevas medidas restrictivas para frenar la propagación del COVID-19 en Andalucía: se prohíbe el botellón y se incrementan los controles en los establecimientos de ocio nocturno

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Nuevas medidas restrictivas para frenar la propagación del COVID-19 en Andalucía: se prohíbe el botellón y se incrementan los controles en los establecimientos de ocio nocturno

29/07/2020

Además se reduce de 25 a 12 el número de personas permitidas en reuniones, mesas…

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía  anuncia nuevas medidas de prevención en materia de salud pública para hacer frente al Covid -19. La gran mayoría se centran en limitar el ocio nocturno.

De este modo se prohíbe la celebración del botellón, considerándose actividad insalubre,  nociva y peligrosa.

Asimismo se incrementa el control de las condiciones en los establecimientos de ocio nocturno, con limitación de horarios y restricciones en los accesos.

En todos estos establecimientos se reduce de 25 a 12 los grupos de personas en una misma mesa.

Habrá menos aforo y la obligación de discotecas y pubs de un registro de los asistentes con nombres y apellidos, por si hay un contagio y hubiera que localizarlos.

Discotecas: Será necesario realizar una reserva con nombres y apellidos. En caso de que no fuera así, habrán de dejar sus datos personales al entrar y los que regentan el negocio están obligados a dicho registro. El aforo pasa a ser del 40%. Las barras serán clausuradas. No se permite el baile, y se reduce los grupos de 25 a 12 por mesa. El cierre de la discoteca no sobrepasará las 5.00 de la mañana, dos horas menos.

Pub o bares de copas: El aforo pasa del 75% al 60%; El cierre no sobrepasará las 3.00 de la mañana y el número de personas por mesa se limita a 12. Como en las discotecas, habrá registro de asistentes.

Terrazas: Se mantiene el 100% de ocupación, pero con mesas de 12 personas como máximo.

Restaurantes en interior: Aforo del 75% y lo mismo sobre personas por mesas.

Conciertos: Aforo del 75% con butacas asignadas, con un límite de 800 personas en el interior y 1.500 en el exterior.

Botellones: Las fuerzas de orden público podrán intervenir para impedir estas concentraciones de jóvenes en lugares autorizados para ello. La norma prohibirá la participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado de más de 15 personas que tenga lugar en espacios públicos, ajenos a los establecimientos de hostelería o similares en la vía pública y en otros lugares de tránsito, y serán considerados como situaciones de insalubridad.

Asimismo, les recordamos que desde el pasado 15 de julio las mascarillas son obligatorias para las personas de seis años en adelante en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros. El incumplimiento de esta obligación será sancionado con una multa de 100 euros, al considerarse una infracción leve.

Esperamos la colaboración de todos y todas.